Si su empresa presta servicios u obras especializadas con registro REPSE, cada cuatrimestre le tocan dos informativas: el ICSOE ante el IMSS y el SISUB ante el Infonavit, ambas a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre, con la información de los contratos del cuatrimestre anterior. Las presenta el prestador del servicio — el que tiene el registro —, no su cliente.
En el despacho hemos visto la misma película varias veces: la empresa celebra el REPSE como si fuera la meta, y cuatro meses después descubre que el registro venía con calendario propio. Las informativas no son un trámite anexo que se hace «cuando se pueda»: son la parte del sistema que demuestra que el registro está vivo.
Quién está obligado a presentarlas
Las dos leyes lo dicen casi con las mismas palabras. Para el ICSOE, el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social (reformado en la reforma de subcontratación del DOF 23 de abril de 2021; texto vigente con última reforma del 15 de enero de 2026); para el SISUB, el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit (misma reforma; texto vigente al 21 de febrero de 2025). El obligado es la persona física o moral registrada ante la Secretaría del Trabajo conforme al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo — es decir, quien tiene el REPSE y presta el servicio especializado. La empresa que contrata el servicio no presenta estas informativas, aunque le conviene verificar que su proveedor sí lo haga.
Cuándo: la regla del día 17
Ambas informativas son cuatrimestrales y vencen a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre. La trampa clásica está en qué reporta cada fecha:
| Cuatrimestre trabajado | Se presenta |
|---|---|
| Enero – abril | del 1 al 17 de mayo |
| Mayo – agosto | del 1 al 17 de septiembre |
| Septiembre – diciembre | del 1 al 17 de enero |
Es decir: la de enero no reporta enero — reporta el cierre del año anterior. Ese cruce de meses es el error más común que corregimos, y la razón de que enero, con la carga de cierres que ya trae, sea el mes donde más informativas se van sin presentar.
Qué se reporta en cada una
El ICSOE informa al IMSS los contratos de servicios u obras especializadas celebrados en el cuatrimestre: las partes, los trabajadores asignados y los importes (LSS, artículo 15 A). El SISUB lleva al Infonavit un expediente más amplio, que el artículo 29 Bis desglosa en seis bloques: datos generales, contratos del cuatrimestre, montos de aportaciones y amortizaciones, información de los trabajadores, determinación del salario base de aportación y copia del registro vigente ante la Secretaría del Trabajo.
En la práctica, las dos beben del mismo expediente: contratos firmados, nóminas del periodo y el acuse del REPSE al día. Armado una vez, se presenta dos veces.
Qué pasa si no se presentan
No presentar el ICSOE, o presentarlo fuera de plazo, es infracción con multa de 500 a 2,000 veces la UMA (Ley del Seguro Social, artículos 304-A, fracción XXII, y 304-B, fracción V). En el caso del Infonavit, la ley no fija una multa con importe propio para el SISUB — pero el golpe real va por otro lado, y es el mismo en ambos casos: tanto el IMSS como el Infonavit están obligados a informar del incumplimiento a la Secretaría del Trabajo, y la LFT faculta a la Secretaría a negar o cancelar el registro REPSE de quien no cumple los requisitos de la ley.
La multa se paga una vez; el registro cancelado se paga cada mes. Sin REPSE vigente no se puede prestar el servicio, y los clientes pierden la deducción de sus facturas: es la clase de aviso que llega por un cliente enojado, no por un oficio.
Cómo organizarse para no fallar el día 17
Tres costumbres evitan casi todos los incumplimientos que hemos corregido. La primera: armar el expediente al cierre del cuatrimestre, no cuando abre la ventana — los contratos y las nóminas de abril se juntan la primera semana de mayo, no el día 15. La segunda: un responsable con nombre y apellido; cuando la informativa «es de todos», no la presenta nadie. Y la tercera: revisar antes de cada corte que la e.firma de la empresa esté vigente, porque las plataformas la piden para firmar el envío y descubrir el certificado vencido un día 16 convierte un trámite de escritorio en una carrera. Si su firma anda cerca del vencimiento, aquí explicamos cómo renovar la e.firma sin ir a la oficina.
El hilo con la renovación del REPSE
El registro se renueva cada tres años, y en la renovación del REPSE contamos que el expediente se construye durante toda la vigencia: las informativas presentadas en fecha son exactamente el rastro que respalda esa renovación y las auditorías de sus clientes. Presentarlas a tiempo no es solo evitar la multa — es llegar a la ventana de renovación con el historial completo.
Cómo lo llevamos nosotros
A nuestros clientes con REPSE les llevamos el ciclo completo: el calendario de los tres cortes, el expediente del cuatrimestre y la presentación del ICSOE y el SISUB, junto con el resto del servicio de REPSE. Las informativas se cotizan por escrito según la operación de cada empresa — puede ver la base del servicio en la página de precios o mandarnos su acuse del REPSE desde contacto, y le decimos qué corte le toca y con qué fecha.